Modelo de Prevención de Delitos

Modelo de Prevención de Delitos

El Modelo de Prevención de Delitos de Empresas ingeniería Wiseconn spa . consiste en un proceso de prevención y monitoreo, a través de diversas actividades de control, sobre los procesos o actividades que se encuentran expuestas a los riesgos de comisión de los delitos señalados en la Ley N°20.393. La Ley 20.393 de responsabilidad penal de las Personas Jurídicas, penaliza a las Empresas por los delitos clasificados como lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho a funcionario público nacional o extranjero, receptación, corrupción entre particulares, administración desleal, negociación incompatible, apropiación indebida. De esta manera, se establece que Empresa WiseConn puede ser responsable de los delitos que sus empleados, colaboradores y otras personas, cometan dentro del ámbito de sus funciones.

A raíz de esto, nace la necesidad de implementar un Modelo de Prevención del Delito (MPD) que organice, administre y supervise la prevención de los delitos señalados y que establezca lineamientos para una operación efectiva, incluyendo los roles y responsabilidades de quienes se relacionan con el mismo.

¿Cuáles son los Delitos descritos en la ley 20.393?

Cohecho: Comete el delito de cohecho:
El que ofreciere o consintiere en dar a un empleado público un beneficio económico, en provecho de éste o de un tercero, para que realice acciones u omisiones indebidas en su trabajo. (Definición de acuerdo al Código Penal Artículo 250). El que ofreciere, prometiere o diere a un funcionario público extranjero, un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero, para que realice una acción o incurra en una omisión con miras a la obtención o mantención, para sí u otro, de cualquier negocio o ventaja indebidos en el ámbito de cualesquiera transacción internacional. (Definición de acuerdo al Código Penal, Artículo 251).
Financiamiento al Terrorismo:
Persona, que por cualquier medio, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquier delito terrorista, como por ejemplo, apoderarse o atentar contra un medio de transporte público en servicio, atentado contra el Jefe de Estado y otras autoridades, asociación ilícita con el objeto de cometer delitos terroristas, entre otros. (Definición de acuerdo a la Ley 18.314 Artículo 2°)
Lavado de Activos:
Cualquier acto tendiente a ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas que provienen de la perpetración de delitos relacionados con el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, tráfico de armas, promoción de prostitución infantil, secuestro, cohecho.
Receptación
Delito sancionado por el Código Penal a quien conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, tenga en su poder, a cualquier título, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato (hurto o robo de animales), de receptación o de apropiación indebida, las transporte, compre, venda, transforme o comercialice en cualquier forma, aún cuando ya hubiese dispuesto de ellas.
Corrupción entre particulares
Consiste en la acción ejecutada por un empleado que solicita o acepta recibir un beneficio económico para sí o un tercero, para favorecer o por haber favorecido, en el ejercicio de sus labores, la contratación con un oferente por sobre otro. También se considera el acto del proveedor que ofreciere o aceptare dar similar beneficio.
Administración Desleal
Consiste en la conducta del que, teniendo a su cargo la salvaguardia o la gestión del patrimonio de un tercero, le irrogue perjuicio, ejerciendo abusivamente sus facultades de representación, o ejecutando u omitiendo cualquier otra acción de modo manifiestamente contrario al interés del titular del patrimonio afectado.
Negociación incompatible
Es aquella que involucra a un director o gerente de una sociedad anónima que se interesare en cualquier negociación, contrato o gestión que involucre la sociedad incumpliendo las condiciones establecidas por la ley.
Apropiación Indebida
El Código Penal chileno establece como delito de apropiación indebida a los que en perjuicio de otro se apropien de dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieran recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.
¿Quiénes son los responsables del Modelo de Prevención de Delitos?
El cumplimiento del Modelo de Prevención de Delitos en Empresa Wiseconn es obligatorio para todos los colaboradores y terceras partes vinculadas a nuestra Compañía, tales como: • Trabajadores de la empresa ingeniería Wiseconn spa. • Clientes, proveedores, prestadores de servicios, contratistas y subcontratistas. • Accionistas, directores y ejecutivos principales. • Todos quienes realicen actividades de administración y supervisión para la Compañía
¿A qué tipo de sanciones se ve expuesta la Empresa que infringe la ley?
Las sanciones son las siguientes: • Disolución o cancelación de la personalidad jurídica. • Prohibición temporal o perpetua de celebrar contratos con el Estado. • Pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un periodo determinado. • Multas a beneficio fiscal, que pueden ir desde las 400 UTM (19 millones 300 mil aprox.) hasta las 300.000 UTM (14 mil 500 millones aprox.). • Penas accesorias: o Publicación en extracto de la sentencia o Comiso del producto del delito o Entero en arcas fiscales de los montos invertidos en la generación del delito.
¿Quién es el Encargado de Prevención de Delitos en Ingeniería WiseConn SpA?
Marcos Olivares Ríos (Gerente de Administración y Finanzas)
¿Quién es el Encargado de Prevención de Delitos en Wiseconn IP GMBH Agencia Chile?
Alejandro Alviña Olavarría (Encargado del Sistema de Gestión: CISO y Encargado de Calidad)
¿Qué debe hacer una persona cuando detecta una situación que infringe la ley 20.393, para cualquiera de los delitos descritos en ella?
Denunciar la situación a través de nuestros canales de denuncias.

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